SANTO DOMINGO. Mediante el Decreto 671-26, el Poder Ejecutivo dio autorización al presidente del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) para disponer pagos totales o parciales de prestaciones laborales reconocidas a trabajadores cesantes de Falcondo, así como para buscar acuerdos destinados a liquidar derechos de pensionados de la empresa, en una decisión que coloca en manos del Estado dominicano la gestión del conflicto, aunque sin admitir un derecho directo de cobro para los beneficiarios.
La disposición precisa que esas prestaciones deben estar individualizadas, verificadas y reconocidas antes de que se realice cualquier desembolso, y que los recursos saldrán del FONPER por cuenta y en representación del Estado dominicano. Además, el mismo decreto faculta al presidente de ese organismo a firmar comprobantes de pago, recibos de descargo, actos de subrogación y demás documentos necesarios para ejecutar las operaciones, junto con la aceptación de la subrogación expresa y simultánea de los derechos, acciones, accesorios y privilegios legalmente transmisibles asociados a las acreencias satisfechas.
Ese alcance queda restringido a las sumas que realmente sean pagadas y abre la posibilidad de que el Estado, en calidad de acreedor subrogado, solicite el reconocimiento, la incorporación y la recuperación de esas acreencias dentro del proceso de reestructuración de Falcondo o, si fuese necesario, en una liquidación judicial. Al mismo tiempo, el decreto aclara que la autorización no crea un derecho para exigir pagos de manera directa al Estado dominicano ni al FONPER, de modo que la ejecución final dependerá de las condiciones fijadas y de las disponibilidades correspondientes, lo que deja abiertas las exigencias de vigilancia y rendición de cuentas sobre cuándo, cómo y hasta dónde se materializará el alivio anunciado.
