Luego de una paralización de cuatro días en un centro de la región Noreste, el Tribunal Constitucional dispuso cesar y evitar nuevas interrupciones de docencia en horario lectivo cuando estas provoquen una afectación progresiva, prolongada o indiscriminada del servicio educativo. La decisión pone el acento en el impacto directo que esas acciones tuvieron sobre el estudiantado y en la necesidad de impedir que el calendario escolar vuelva a alterarse.
A través de la sentencia TC/0428/26, la Alta Corte también ordenó elaborar e implementar un plan verificable de recuperación pedagógica para reponer de forma efectiva el tiempo lectivo perdido. Asimismo, dispuso una garantía de no repetición mediante un protocolo de gestión de conflictos que privilegie el diálogo, la mediación y la avenencia sin menoscabar el derecho a la educación.
La decisión instruye a la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), seccional Las Terrenas, y a su actual presidente, a abstenerse de convocar o ejecutar nuevas paralizaciones que incidan sobre el calendario escolar oficial. De igual manera, exhorta al Ministerio de Educación (Minerd), por medio del Distrito Educativo 14-07, a supervisar el estricto cumplimiento del calendario y a facilitar vías de diálogo, mientras el Defensor del Pueblo dará seguimiento al cumplimiento de lo ordenado, en una señal de vigilancia institucional frente a fallas que ya afectaron el servicio educativo público.
