El Tribunal Constitucional declaró inadmisible, por notoria improcedencia, la acción de amparo presentada por el empresario Alexander Montilla Sierra con el objetivo de frenar un embargo inmobiliario y recuperar plazos procesales relacionados con el caso Antipulpo. La sentencia TC/0784/26 mantiene intacta la actuación impugnada y refuerza la atención sobre procesos ligados a contratos públicos y licitaciones irregulares.
La Alta Corte examinó el recurso sometido por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y Francisca Elizabeth Castillo de los Santos. La decisión contó con el respaldo de la mayoría de los jueces del pleno, mientras que el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió porque había participado antes en una fase del proceso, cuando fungía como juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional.
El caso nace de una línea de investigación de la Operación Antipulpo contra Alexander Montilla Sierra, su hermano Maxy Gerardo y otras personas físicas y jurídicas, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos vinculados a contratos públicos y licitaciones irregulares. La jueza Kenya Romero autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes. Según el expediente, esas medidas le impidieron disponer de su patrimonio y cumplir un pagaré notarial de RD$20,000,000.00 firmado en 2018, lo que vuelve a colocar el debate en la gestión institucional de estos expedientes y en la demanda de explicaciones verificables sobre la protección de los recursos y la confianza pública.
