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Critican resolución de la JCE por extender la veda de encuestas más allá de la ley

mayo 26, 2026 · Redactor
Critican resolución de la JCE por extender la veda de encuestas más allá de la ley
Foto: www.diariolibre.com

José del Castillo sostiene que la medida restringe la información a la ciudadanía, invade atribuciones del Congreso y reabre dudas sobre los límites del poder regulatorio

La resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que prohíbe publicar encuestas políticas hasta julio de 2027 fue calificada por el sociólogo José del Castillo como un «desaguisado legal» y una medida «totalmente ilegal», al considerar que contradice la Ley Orgánica de Régimen Electoral y coloca a la ciudadanía ante una restricción informativa de largo alcance. Su planteamiento vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de fiscalizar decisiones administrativas que, según su interpretación, se salen del marco legal vigente.

Del Castillo afirmó que la JCE rebasa su potestad reglamentaria al imponer una prohibición que, de acuerdo con el artículo 216 de la Ley 20-23, solo rige durante los ocho días previos a la votación. «La Junta que tiene potestad reglamentaria no tiene potestad legislativa… no puede contravenir abierta y flagrantemente una disposición claramente establecida en el artículo 216 de la ley que la rige a ella», expresó. También recordó que, fuera de ese plazo, la legislación permite publicar encuestas siempre que cumplan con los estándares técnicos.

En el plano constitucional, el experto advirtió que la disposición afecta la libre expresión y la difusión del pensamiento al impedir el acceso a estudios de opinión pública. «Lo que se está prohibiendo es que a la gente se le informe», sostuvo, al cuestionar una decisión que, según dijo, trata al ciudadano como alguien incapaz de procesar información fiable. El señalamiento ejerce presión sobre la JCE para explicar por qué adoptó una restricción más amplia que la prevista en la ley y por qué asumió un rol que, de acuerdo con esta crítica, corresponde al Congreso Nacional.