El Tribunal Superior Electoral dejó en estado de fallo reservado el recurso contencioso en nulidad presentado contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral, norma que establece el registro de firmas encuestadoras y regula la publicación de encuestas en materia electoral. Durante la audiencia, además, dispuso la fusión de dos expedientes ligados al caso: uno relativo a medidas cautelares de extrema urgencia y otro correspondiente al recurso principal, ambos bajo el expediente TSE-01-0013-2026.
La acción fue depositada por Justicia Sin Fronteras, representada por el abogado Harrison Féliz Espinosa, en contra de la JCE. Los accionantes solicitan que se declare válida la demanda y que se ordene la suspensión provisional e inmediata de las disposiciones impugnadas, a fin de permitir la libre circulación, difusión y publicación de encuestas de opinión con fines electorales. Asimismo, piden que la JCE se abstenga de aplicar medidas derivadas del artículo décimo tercero del reglamento y sus párrafos, en especial aquellas que puedan impedir, restringir o sancionar la divulgación de encuestas fuera de los períodos oficiales de precampaña y campaña.
El centro del litigio coloca bajo examen la potestad reglamentaria de la JCE. Según los demandantes, el órgano electoral habría excedido sus atribuciones al imponer por vía administrativa restricciones que, sostienen, no están expresamente previstas en la legislación dominicana. Con el caso pendiente de decisión, permanece abierta una discusión institucional sobre los límites del reglamento y la necesidad de control judicial sobre disposiciones que inciden en derechos fundamentales dentro del debate electoral.
