El Tribunal Constitucional (TC) declaró conforme a la Constitución la fusión entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), con lo que queda en firme la creación del Ministerio de Hacienda y Economía. A través de la sentencia TC/0288/26, la alta corte rechazó de forma definitiva la acción directa de inconstitucionalidad presentada por Wilkin Antonio Moreno Abreu contra la Ley núm. 45-25.
La impugnación alegaba que esa legislación debió aprobarse como ley orgánica, debido a que involucraba materias como presupuesto y planificación del Estado, sometidas —según el accionante— al artículo 112 de la Constitución, que exige mayoría calificada y un procedimiento legislativo especial. No obstante, el TC concluyó que la norma no incurrió en extralimitación de funciones y que su finalidad es reorganizar competencias dentro de la administración pública.
Con esta decisión, el tribunal dejó establecido que las leyes que crean, reforman, fusionan o eliminan ministerios no forman parte de las materias reservadas exclusivamente a leyes orgánicas, por lo que consideró correcta la aprobación de la Ley 45-25 como ley ordinaria en el Congreso Nacional. El aval constitucional cierra la disputa legal, pero mantiene como principal punto de vigilancia pública que la promesa de optimizar el gasto estatal se traduzca en resultados verificables en áreas sensibles como el presupuesto y la planificación.
